Tradicional H.B.

PLAZO FIJO: Nuevos Canales para realizar tu inversión

a. Desde ahora, con un monto mínimo de $ 100, podrás realizar plazos fijos en pesos a través de HOME BANKING y CAJEROS AUTOMÁTICOS. Con plazos a partir de 30 días, el capital que inviertas se debitará de la cuenta y al vencimiento se acreditará junto con los intereses. Lo único que necesitás es tener una cuenta en pesos abierta en Banco Ciudad.

b. Si elegís utilizar el HOME BANKING,  accedé a la solapa de Inversiones / Plazo Fijo / Constitución, ingresás el plazo, el monto de la inversión  y debés seleccionar si renovás automáticamente o no el Plazo Fijo al vencimiento, luego imprimís la constancia de la operación.

c. Si optás por el CAJERO AUTOMÁTICO,  seleccioná Depósitos / Plazo Fijo /  Constitución de Plazo Fijo / Plazo Fijo tradicional, ingresás el plazo, el monto de la inversión y debés elegir si renovás automáticamente o no tu Plazo Fijo al vencimiento, luego imprimís la constancia de la operación.
 

Plazo Fijo Pizarra + 2,5 puntos porcentuales adicionales

Realizando tu PLAZO FIJO a través de HOME BANKING o CAJEROS AUTOMÁTICOS con un monto mínimo de $ 100 a partir de un plazo de 30 días recibís inmediatamente 2,5 puntos porcentuales adicionales A LA TASA DE PIZARRA. Beneficiate con estos puntos extras!

Para mayor información comunícate con nuestro Centro de Atención y Servicio al Cliente 0800-22-20400, nuestros operadores responderán a todas tus inquietudes.

 

 

Condiciones legales: Los depósitos en pesos y en moneda extranjera cuentan con la garantía de $ 120.000.- En las operaciones a nombre de dos o más personas la garantía se prorrateará entre sus titulares. En ningún caso, el total de la garantía por persona podrá exceder de $ 120.000.-, cualquiera sea el número de cuentas y/o depósitos. Ley 24.485, Decreto 540/95 y Com. “A” 2337 y sus modificatorios y complementarios. Se encuentran excluidos los captados a tasas superiores a la de referencia y los que hayan contado con incentivos o retribuciones especiales diferentes de la tasa de interés. Además, cuentan con la garantía adicional de la C.A.B.A. por la totalidad de los depósitos Decreto Ley Nro. 1.779/CABA.